lunes, 18 de agosto de 2014

EL SÁHARA EN EL CONTEXTO ACTUAL

ARGUMENTOS DE PESO

La terrible tragedia bélica y humanitaria que se desarrolla estos días en Gaza ha sido maliciosamente aprovechada por ciertos sectores interesados para realizar disparatadas comparaciones con la situación del Sáhara marroquí. No obstante las diferencias entre ambos conflictos y sus antecedentes históricos son tan grandes y tantas que estas comparaciones no resisten un análisis objetivo de la cuestión.
Para simplificar y no fatigar al lector con argumentaciones excesivamente técnicas concentraremos la cuestión en tres cuestiones centrales.
1.- No ha existido nunca “terra  nullius” en el Sáhara. El llamado Sáhara Occidental fue siempre una parte más del territorio marroquí, ocupado por España a comienzos de siglo y recuperado por Marruecos, en 1975, después del retiro español. Marruecos sólo término con una usurpación colonialista, no invadió ni anexo por la fuerza el Sáhara, solo recuperó lo que anteriormente le pertenecía.
2.- El denominado “principio de autodeterminación de los pueblos” no necesariamente implica otorgamiento de “soberanía” sobre un territorio sino que también puede ser interpretado como reconocimiento del “derecho al autogobierno” de una región o de una población.
3.- La población marroquí denominada “saharaui” por el Frente Polisario, no constituye ni una nación, ni un pueblo, ni siquiera una minoría, por lo tanto, en ningún caso pueden ser titulares del derecho a la autodeterminación.
LA PRIMERA CUESTIÓN: EL TERRA NULLIUS

Desde el comienzo de su usurpación de estos territorios, España ha insistido en que antes de su llegada el Sáhara constituía una “terra nullius”, expresión latina que suele emplearse en el Derecho Internacional para denominar a los territorios sin propietario, como “cosas de nadie”, es decir, territorios que nunca estuvieron sometidos a la soberanía de ningún Estado o persona. Por lo tanto, España fundamentó sus derechos sobre el Sáhara diciendo que el Sáhara no tenía dueño o que en todo caso los propietarios eran algunos jefes tribales que vendieron la soberanía de los mismos por un puñado de monedas de plata.

Las potencias colonialistas suelen recurrir a este tipo de falaces argumentaciones. Recordemos que España también “descubrió América” que era una terra nullius, es decir, que no era propiedad de ningún reino europeo y se apropió de ella gracias a la bula menor “Inter caetera”, otorgada el 4 de mayo de 1493, por el papa Alejandro VI[i], en favor de Fernando e Isabel de Trastámara, reyes de Castilla y Aragón.

Pero en el caso del Sáhara esto era una flagrante mentira. Este territorio fue siempre una parte indisoluble del Reino de Marruecos la única entidad estatal independiente que tuvo continuidad jurídica y existencia real en el Magreb desde el siglo XIII. Como todos los Estados del mundo pasó por periodos de expansión que extendieron su soberanía por territorios que hoy pertenecen a Mauritania, Mali e incluso Argelia. En las etapas de contracción, sufrió importantes pérdidas territoriales a manos de las potencias imperialistas europeas: España, Portugal e incluso Francia.

La actual dinastía alauí, remonta sus orígenes al reinado de Mulay Rashid (1664 – 1672), quien se transformó en líder de su familia a la muerte de su padre Mulay Sherif en 1659. Como muy bien señala Román López Villicaña[ii], profesor de la Universidad de las Américas Puebla, Marruecos fue siempre un reino musulmán independiente del Imperio Otomano y defendió con éxito esta independencia de las potencias colonialistas hasta el primer cuarto del siglo XX. A diferencia de Argelia que fue una provincia de los imperios Omeya y Abasi, paso a ser una provincia marroquí, luego otomana y finalmente francesa hasta su tardía independencia en 1962.

Marruecos resistió con éxito los embates españoles y portugueses durante sus respectivos periodos hegemónicos cediendo únicamente las plazas de Melilla y Ceuta. Para mediados del siglo XVIII se mantenía como una potencia respetable en el Mediterráneo. Hay claros antecedentes de que en ese entonces el Reino de Marruecos era parte del sistema internacional de la época y que mantenía relaciones diplomáticas regulares con otros reinos intercambiando embajadores y suscribiendo tratados. Particularmente, firmó con España su primer tratado en 1767, precisamente en este instrumento de derecho internacional, España reconocía la soberanía marroquí sobre el Sáhara al solicitar al Sultán el permiso para pescar en sus “aguas de la costa del Sáhara”.

Otro acontecimiento que acredita al Reino de Marruecos como parte del sistema internacional es el curioso hecho de que este reino fue el primer Estado en el mundo en reconocer la Independencia de los Estados Unidos y en suscribir un “Tratado de Paz y Amistad” con este país que se encuentra vigente desde el año 1787.

Los antecedentes que demuestran sin lugar a dudas que el Reino de Marruecos era un actor internacional con soberanía sobre la región del Sáhara son innumerables y detallar tan sólo las principales excedería la extensión de este artículo. Digamos simplemente que la soberanía marroquí sobre el Sáhara únicamente fue puesta en cuestión por Portugal, España y Francia que siempre tuvieron ambiciones colonialistas sobre el territorio marroquí. No obstante, estos países conocían perfectamente de la existencia de soberanía marroquí sobre estos territorios por lo cual alternativamente recurrían a la guerra, la diplomacia y al establecimiento de enclaves coloniales ilegales para apropiarse de partes del territorio de Marruecos.

En el primer cuarto del siglo XX, Francia y España consiguieron repartirse la totalidad del territorio de Marruecos y retenerlo hasta después de la Segunda Guerra Mundial cuando los países del Tercer Mundo comenzaron a romper el yugo colonial. Francia logró prolongar su Protectorado sobre Marruecos hasta 1956. España reintegró la región de Tánger a Marruecos, en abril de 1956, la zona de Tarfaya en 1958, y Sidi Ifni en 1969, pero retuvo el Sáhara hasta 1975.

No fue hasta la muerte de Francisco Franco y la crisis del sistema franquista en 1975, que Marruecos pudo controlar a la totalidad de su territorio. Pero la recuperación del Sáhara no fue ni una anexión ni una ocupación, sino que España reintegró la soberanía marroquí por los llamados Acuerdos Tripartitos, suscriptos entre 12 y el 14 de noviembre de 1975, entre España, Marruecos y Mauritania, por los cuales se acordó que España entregaba la administración de esos territorios en forma definitiva el 26 de febrero de 1976. En esa fecha las autoridades marroquíes se establecieron pacíficamente en el Sáhara.

Después del retiro de las tropas españolas, el Frente Polisario contando con el apoyo de Argelia y otros países del Bloque Socialista, decretó la creación de una supuesta “República Árabe Saharaui Democrática”, que solo existe en los campamentos argelinos de Tinduf y comenzó una guerra de guerrillas. En agosto de 1979, Mauritania al ver agotados sus recursos por la continua guerra de guerrillas se retiró del Sáhara, evacuando unilateralmente Dajla y Ued Eddahab. Ante la defección de Mauritania, Marruecos recuperó con sus fuerzas el resto del territorio que históricamente le correspondía.

Como la guerra de guerrillas que el Frente Polisario llevaba a cabo en forma intermitente, contando con el apoyo militar y santuarios seguros en Argelia, era una continua molestia para Marruecos en el Sur, a partir de 1980 comenzó a construir un muro defensivo. Este muro comprende la totalidad de la frontera marroquí – argelina a lo largo de 2.200 kilómetros. La construcción del muro puso fin a las incursiones del Polisario desde Argelia y ambas partes arribaron a un alto el fuego el 6 de septiembre de 1991. Desde entonces el alto el fuego es supervisado por la Misión de las Naciones Unidas. Esa es la situación actual, en el Sáhara marroquí no hay ni Intifadas, ni ataques con cohetes ni violaciones a los derechos humanos. Digámoslo una vez más el Sáhara no es Gaza.

SEGUNDA CUESTIÓN: ACERCA DEL PRINCIPIO DE AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS

Este principio del Derecho Internacional abreva en la compleja pero poderosa idea de “Nación”, una idea que se consolidó en la Europa del Romanticismo, en la última parte del siglo XIX, generalizándose en las primeras décadas del siglo XX. En una época en que las potencias triunfantes en la Primera Gran Guerra Imperialista (1914 – 1918) utilizaron este concepto como argumento para desmembrar a los grandes imperios multiétnicos que resultaron derrotados en la contienda: el Imperio Alemán, el Imperio Austro-Húngaro, el Imperio Otomano y en menor medida el Imperio Zarista.

Precisamente en 1918, el presidente de los Estados Unidos, Woodrow Wilson propuso en su mensaje ante el Congreso americano catorce puntos que debían guiar la construcción del futuro orden internacional a los efectos de evitar nuevas grandes guerras entre las potencias industriales de la época. En el punto quinto buscó una solución de compromiso al sostener que las reivindicaciones coloniales debían solucionarse de acuerdo con un equilibrio entre los intereses de las poblaciones afectadas y las demandas de las potencias imperiales europeas.

El real objetivo, tanto del presidente Wilson, como de los estadistas aliados reunidos en la Conferencia de París, era fragmentar territorialmente al Imperio Alemán y al mismo tiempo reducir su población, que era la más grande de Europa en ese momentos. El propósito central era que en el futuro si Alemania buscaba una revancha por su derrota –como finalmente ocurrió a partir de 1937- en la guerra, no pudiera disponer de tantos potenciales soldados ni de abundantes materias primas estratégicas para sostener su esfuerzo bélico. Como complemento de esta maniobra geopolítica, los aliados pensaron en contener a Alemania rodeándola de un “cordón sanitario” formado por un conjunto de pequeños estados que al mismo tiempo serían aliados naturales de Francia y el Reino Unido.

El instrumento jurídico empleado para justificar esta mutilación territorial de los grandes imperios fue, tal como hemos dicho, fue la apelación selectiva del “Principio de Autodeterminación de los Pueblos”. Aplicando este principio, las potencias aliadas decretaron la reconfiguración de las fronteras en la Europa del Este. Así se forjó un conjunto de inestables Estados con pretensiones de ser naciones: Checoslovaquia, Yugoeslavia, Polonia, Austria, Hungría, etc.; además se realizaron importantes modificaciones en las fronteras de otros países: Alemania, Rumania, Grecia, etc.

La creación de la Sociedad de las Naciones sirvió de justificación también para reconfigurar el mapa colonial en el Tercer Mundo, Alemania perdió sus colonias y surgió un complejo mapa mundial poblado de “Mandatos” y “Protectorados” que eran meros eufemismos que encubrían una nueva expansión colonialista.

En esta forma se fue sacralizando un supuesto principio del Derecho Internacional, creado por el oportunismo político de las potencias vencedoras en la Gran Guerra, y que a lo sumo tenía algún fundamento en Europa donde el proceso de traspaso de las lealtades de los clanes a las tribus, de estos a los feudos y de las regiones a los reinos y estados republicanos, se había completado en el orden internacional postwestfaliano. Pero, tal principio carece absolutamente de fundamento si se lo pretende aplicar a vastas regiones de Asia y África donde existieron pocos ejemplos de reinos o estados nacionales antes de la ocupación colonial europea.

En esas regiones, la intervención de las potencias coloniales europeas interrumpieron el proceso de formación de las nacionalidades en la etapa tribal. En algunas regiones de Asia y África los Estados y sus fronteras actuales quedaron configurados a grandes rasgos según las necesidades impuestas por el reparto colonial de 1890 y sus sucesivas rectificaciones. Es así, como muchos de estos estados son multiétnicos o al menos multitribales, por lo tanto albergan grandes conflictividades étnicas que afectan a la gobernabilidad y que periódicamente se manifiestan en golpes de Estado y sangrientas guerras tribales.

El principio de autodeterminación de los pueblos es una norma claramente oportunista al punto tal que años más tarde terminó siendo invocado por Adolfo Hitler para justificar sus reivindicaciones territoriales sobre Checoslovaquia y Polonia. Hitler adujo que todos los territorios poblados por alemanes étnicos -en esa época denominados “sudetes”-, sin importar donde habían nacido, debían estar sometidos a la soberanía de Alemania y que este Estado tenía el derecho y la obligación de intervenir en defensa de sus “minorías” encerradas en otros países, cuando en esos países sus derechos o incluso su vida se viera amenazada por la población o los gobiernos que las albergaban.

Podría decirse, sin temor a exagerar, que la aplicación del “principio de autodeterminación de los pueblos” fue uno de los elementos centrales que precipitaron el comienzo de la Segunda Guerra Mundial.

Por último, cabe señalar que los mismos gobiernos que invocan la aplicación del principio de autodeterminación de la población en conflictos de soberanía derivados de la presencia del colonialismo europeo, como ocurre en el Sáhara o en las Islas Malvinas, lo rechazan enfáticamente cuando la población que lo invoca habita en Cataluña o en Escocia. Como siempre la política internacional suele estar poblada de hipocresía y oportunismo.

La vertiente interna del principio de autodeterminación de los pueblos

Por otra parte, cuando el Frente Polisario y sus simpatizantes españoles invocan la aplicación del “principio de autodeterminación”, se cuidan muy bien de decir que la mayoría de los expertos en derecho internacional reconocen la existencia de una “vertiente interna” del mismo que descarta la cuestión de la soberanía.

En su vertiente interna el derecho a la autodeterminación contempla tan solo  otorgar al pueblo que lo invoca, la facultad de decidir sobre su organización política y a perseguir su propio desarrollo cultural, social y económico. Esta interpretación se relaciona, entre otros aspectos, con el derecho de todo grupo a preservar su identidad; también con el derecho de todo ciudadano a participar, a todos los niveles, en la dirección de los asuntos públicos, y por tanto con la democracia. De aquí se deriva que un gobierno debe representar al conjunto de la población, sin establecer distinciones por motivos de raza, credo, color de piel o cualquier otro.

Precisamente, el gobierno de Marruecos ha tomado en consideración esta interpretación del principio de autodeterminación en su propuesta, de abril de 2007, denominada “Iniciativa para la negociación de un Estatuto de Autonomía para la región del Sáhara” que incluye la realización de elecciones libres para nombrar a los miembros de un gobierno para la “Región Autónoma del Sáhara”, con sus tres tramas independientes: poderes ejecutivo, legislativo y judicial. La propuesta consiste en delegar a este nuevo gobierno la administración de justicia y la instrucción pública con la promesa de otorgar los fondos necesarios para su adecuado funcionamiento además de los recursos impositivos que pudieran ser recaudados en la región.

Según este plan de autonomía, el gobierno de Marruecos solo retendría en la “Región Autonomía del Sáhara” el control de los asuntos relacionados con la defensa nacional, las relaciones internacionales, los servicios postales, la moneda y las prerrogativas religiosas del rey como “Comendador de los Creyentes”.

Este proyecto de autonomía fue muy bien recibido en todo el mundo porque se entendió que constituía un importante paso hacia la solución del Conflicto del Sáhara. Pero las autoridades del Frente Polisario se limitaron a rechazar la propuesta de Marruecos sin presentar un plan alternativo para solucionar el conflicto. Por lo cual el estancamiento de las negociaciones se mantuvo.

TERCERA CUESTIÓN: ¿CONSTITUYEN LOS LLAMADOS “SAHARAUIS” UN PUEBLO?

El término del Derecho Internacional, en especial en lo que hace al principio de autodeterminación, el término “pueblos” hace referencia tan sólo a poblaciones víctimas de una dominación colonial y deriva de la Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas Nº 1541 (XV), del 15 de diciembre de 1960, de la interpretación del artículo 1º de los Pactos y del artículo 1.2. de la Carta de Naciones Unidas en relación con los capítulo XI, XII y XVIII de ésta última.

Según la resolución Nº 1541 (XV), un grupo humano puede considerarse “pueblo” en situación colonial en función de dos criterios básicos: la separación geográfica entre la colonia y la metrópoli y las diferencias étnicas y/o culturales. Estos dos elementos existieron entre los marroquíes del Sáhara y España pero no entre los marroquíes del Sáhara y sus compatriotas del Norte. El Sáhara es una continuidad del territorio marroquí del cual no se encuentra separado por ningún accidente geográfico.

En cuanto a las diferencias culturales, puede ser que existan ciertas diferencias leves entre los habitantes del Norte y los del Sur. Pero, acaso no hay diferencias entre un gallego, un castellano, un vasco y un catalán y esto no implica que los gallegos, castellanos, vascos y catalanes sean “pueblos” distintos o que haya que dividir al Reino de España en cuatro o cinco microestados para otorgarle soberanía a cada grupo cultural que tenga su propio dialecto y otras leves diferencias culturales y que en función de ello reivindique la aplicación del “principio de autodeterminación de los pueblos”.

Aún en Argentina, país donde no existen ni han existido nunca grupos separatistas, si pueden detectarse marcadas diferencias étnicas y culturales entre los habitantes de distintas regiones. Por ejemplo entre un habitante de las provincias del Noroeste (Jujuy y Salta) que hable coloquialmente el dialecto quechua o aymará y se vincule étnicamente con los pueblos originarios andinos con respecto de otro argentino que viva en alguna de las provincias del Litoral (especialmente Misiones o Corrientes), se vincule étnicamente con los pueblos originarios amazónicos y se exprese coloquialmente en la lengua guaraní. Incluso estos dos argentinos serán muy distintos étnica y culturalmente de un porteño, es decir, de un habitante de la ciudad de Buenos Aires cuyos abuelos sean españoles, italianos o una combinación de ambos que sólo se exprese en idioma castellano (aunque matizado con términos del lunfardo rioplatense) y lo ignore todo sobre las culturas originarias, sus dialectos, música, etc.

Las mismas sutiles diferencias existen en todos los países más o menos extensos y que han sufrido aportes humanos y culturales provenientes de diferentes regiones y grupos humanos. En este sentido Marruecos no es una excepción, como no lo son otros países africanos, pero la existencia de esos elementos culturales diferentes no son suficientes para que pueda hablarse de la existencia de “minorías” o “pueblos” con derecho a la autodeterminación.

Llegados a este punto, alguien invocará la interpretación del concepto de “Nación” en un sentido “espiritualista” siguiendo la clásica argumentación del escritor francés Ernesto Renán, de 1882. En esta concepción la existencia de una “Nación” estaría determinada en base al deseo de un grupo humano de una pertenencia diferenciada. En otras palabras, según tal interpretación los “saharauis” serían una Nación, con derecho a la autodeterminación y a contar con un territorio propio, por el simple hecho de que así lo ha decidido el Frente Polisario, sin importar lo que piense el resto del pueblo marroquí al respecto.

La verdad es que este argumento no se sostiene por muchas razones; a los efectos de no abundar más en un tema cuya falacia resulta evidente, diremos tan sólo que habría que comenzar por preguntarse si estos marroquíes tuvieron la libertad e independencia de criterio para decidir por sí mismos escapar de su país o si fueron forzados a emigrar por un grupo armado que los retiene ilegalmente dentro del territorio de Argelia. Luego habría que preguntarse en qué medida podrían elegir con objetividad y libertad después de haber sido sometidos a un fuerte adoctrinamiento y lavado de cerebro por los miembros del Frente Polisario durante los últimos cuarenta años.

Además, siguiendo el “principio de autodeterminación” los dirigentes del Frente Polisario luego pueden reivindicar como propio todo el territorio habitado por la población que consideren saharaui y que como sabemos, se trata de tribus trashumantes que recorren tanto el Sur de Marruecos, como el actual territorio del Norte de Mauritania además de regiones de Argelia y del propio Mali. ¿Qué harán entonces Naciones Unidas y la Unión Africana, seguir invocando la aplicación del principio de autodeterminación?

Cómo cualquier lector criterioso y objetivo comprenderá inmediatamente que todo esto constituye un verdadero disparate. Estos argumentos no se sostienen y son sólo escusas para mantener vigente un conflicto que nunca debió haber existido. Los saharauis son marroquíes, el Sáhara es una parte constitutiva de Marruecos y el Frente Polisario, es tan solo un resabio de la Guerra Fría que solo perdura porque le es útil tanto a España como a Argelia para su diplomacia de tensiones en el Magreb. Los dirigentes del Frente Polisario se niegan a aceptar cualquier iniciativa realista que implique la pérdida de sus privilegios como funcionarios de un falso Estado que usufructúa millones de euros en ayuda humanitaria apelando al falaz argumento de la minoría oprimida.

Por último, habría que preguntarse porque debería Marruecos resignarse a perder una parte sustancial de su territorio y de su población en manos de un grupo reducido de sus habitantes que se sienten con derecho a reclamar la independencia, mientras que millones de otros marroquíes consideran suyo ese mismo territorio, se sienten orgullosos de ser marroquíes y están conformes y a gusto con su rey.

CONCLUSIONES

Como hemos expuesto no existe ningún parecido entre la situación de Gaza y la del Sáhara. Marruecos no es una potencia ocupante sino el legítimo propietario histórico del Sáhara. Los saharauis no constituyen ni un pueblo, ni una minoría oprimida, son marroquíes retenidos ilegítimamente en territorio de Argelia por los miembros de una milicia armada y financiada por Argelia.

Crear un estado independiente en el Sáhara y ponerlo en manos del Frente Polisario solo podría llevarse a cabo apelando a la fuerza militar e implicaría crear un estado títere o un protectorado encubierto de Argelia en ese territorio.

 

 



[i] ALEJANDRO VI (1431 - 1503: fue un papa español, nacido como Roderic de Borja (Borgia en italiano) que ejerció el papado entre 1492 y 1503, sucediendo a su tío Calixto III. La Iglesia Católica guarda un triste recuerdo de este papa.
[ii] LÓPEZ VILLACAÑA, Román: “El problema del Sáhara Occidental. Una perspectiva geopolítica”. Puebla 2013.

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