La terrible tragedia bélica
y humanitaria que se desarrolla estos días en Gaza ha sido maliciosamente
aprovechada por ciertos sectores interesados para realizar disparatadas
comparaciones con la situación del Sáhara marroquí. No obstante las diferencias
entre ambos conflictos y sus antecedentes históricos son tan grandes y tantas
que estas comparaciones no resisten un análisis objetivo de la cuestión.
Para simplificar y no
fatigar al lector con argumentaciones excesivamente técnicas concentraremos la
cuestión en tres cuestiones centrales.
1.- No ha existido nunca “terra nullius” en el Sáhara. El llamado Sáhara
Occidental fue siempre una parte más del territorio marroquí, ocupado por
España a comienzos de siglo y recuperado por Marruecos, en 1975, después del
retiro español. Marruecos sólo término con una usurpación colonialista, no
invadió ni anexo por la fuerza el Sáhara, solo recuperó lo que anteriormente le
pertenecía.
2.- El denominado “principio de autodeterminación de los
pueblos” no necesariamente implica otorgamiento de “soberanía” sobre un territorio sino que también puede ser
interpretado como reconocimiento del “derecho
al autogobierno” de una región o de una población.
3.- La población marroquí
denominada “saharaui” por el Frente
Polisario, no constituye ni una nación, ni un pueblo, ni siquiera una minoría,
por lo tanto, en ningún caso pueden ser titulares del derecho a la
autodeterminación.
LA
PRIMERA CUESTIÓN: EL TERRA NULLIUS
Desde
el comienzo de su usurpación de estos territorios, España ha insistido en que
antes de su llegada el Sáhara constituía una “terra nullius”, expresión latina que suele emplearse en el Derecho
Internacional para denominar a los territorios sin propietario, como “cosas de nadie”, es decir, territorios
que nunca estuvieron sometidos a la soberanía de ningún Estado o persona. Por
lo tanto, España fundamentó sus derechos sobre el Sáhara diciendo que el Sáhara
no tenía dueño o que en todo caso los propietarios eran algunos jefes tribales
que vendieron la soberanía de los mismos por un puñado de monedas de plata.
Las
potencias colonialistas suelen recurrir a este tipo de falaces argumentaciones.
Recordemos que España también “descubrió
América” que era una terra nullius,
es decir, que no era propiedad de ningún reino europeo y se apropió de ella
gracias a la bula menor “Inter caetera”,
otorgada el 4 de mayo de 1493, por el papa Alejandro VI[i],
en favor de Fernando e Isabel de Trastámara, reyes de Castilla y Aragón.
Pero
en el caso del Sáhara esto era una flagrante mentira. Este territorio fue
siempre una parte indisoluble del Reino de Marruecos la única entidad estatal
independiente que tuvo continuidad jurídica y existencia real en el Magreb
desde el siglo XIII. Como todos los Estados del mundo pasó por periodos de
expansión que extendieron su soberanía por territorios que hoy pertenecen a
Mauritania, Mali e incluso Argelia. En las etapas de contracción, sufrió
importantes pérdidas territoriales a manos de las potencias imperialistas europeas:
España, Portugal e incluso Francia.
La
actual dinastía alauí, remonta sus orígenes al reinado de Mulay Rashid (1664 –
1672), quien se transformó en líder de su familia a la muerte de su padre Mulay
Sherif en 1659. Como muy bien señala Román López Villicaña[ii],
profesor de la Universidad de las Américas Puebla, Marruecos fue siempre un
reino musulmán independiente del Imperio Otomano y defendió con éxito esta
independencia de las potencias colonialistas hasta el primer cuarto del siglo
XX. A diferencia de Argelia que fue una provincia de los imperios Omeya y
Abasi, paso a ser una provincia marroquí, luego otomana y finalmente francesa hasta
su tardía independencia en 1962.
Marruecos
resistió con éxito los embates españoles y portugueses durante sus respectivos
periodos hegemónicos cediendo únicamente las plazas de Melilla y Ceuta. Para
mediados del siglo XVIII se mantenía como una potencia respetable en el
Mediterráneo. Hay claros antecedentes de que en ese entonces el Reino de
Marruecos era parte del sistema internacional de la época y que mantenía
relaciones diplomáticas regulares con otros reinos intercambiando embajadores y
suscribiendo tratados. Particularmente, firmó con España su primer tratado en
1767, precisamente en este instrumento de derecho internacional, España
reconocía la soberanía marroquí sobre el Sáhara al solicitar al Sultán el
permiso para pescar en sus “aguas de la
costa del Sáhara”.
Otro
acontecimiento que acredita al Reino de Marruecos como parte del sistema
internacional es el curioso hecho de que este reino fue el primer Estado en el
mundo en reconocer la Independencia de los Estados Unidos y en suscribir un “Tratado de Paz y Amistad” con este país
que se encuentra vigente desde el año 1787.
Los
antecedentes que demuestran sin lugar a dudas que el Reino de Marruecos era un
actor internacional con soberanía sobre la región del Sáhara son innumerables y
detallar tan sólo las principales excedería la extensión de este artículo.
Digamos simplemente que la soberanía marroquí sobre el Sáhara únicamente fue
puesta en cuestión por Portugal, España y Francia que siempre tuvieron
ambiciones colonialistas sobre el territorio marroquí. No obstante, estos
países conocían perfectamente de la existencia de soberanía marroquí sobre
estos territorios por lo cual alternativamente recurrían a la guerra, la
diplomacia y al establecimiento de enclaves coloniales ilegales para apropiarse
de partes del territorio de Marruecos.
En
el primer cuarto del siglo XX, Francia y España consiguieron repartirse la
totalidad del territorio de Marruecos y retenerlo hasta después de la Segunda
Guerra Mundial cuando los países del Tercer Mundo comenzaron a romper el yugo
colonial. Francia logró prolongar su Protectorado sobre Marruecos hasta 1956.
España reintegró la región de Tánger a Marruecos, en abril de 1956, la zona de
Tarfaya en 1958, y Sidi Ifni en 1969, pero retuvo el Sáhara hasta 1975.
No
fue hasta la muerte de Francisco Franco y la crisis del sistema franquista en
1975, que Marruecos pudo controlar a la totalidad de su territorio. Pero la
recuperación del Sáhara no fue ni una anexión ni una ocupación, sino que España
reintegró la soberanía marroquí por los llamados Acuerdos Tripartitos, suscriptos entre 12 y el 14 de noviembre de
1975, entre España, Marruecos y Mauritania, por los cuales se acordó que España
entregaba la administración de esos territorios en forma definitiva el 26 de
febrero de 1976. En esa fecha las autoridades marroquíes se establecieron
pacíficamente en el Sáhara.
Después
del retiro de las tropas españolas, el Frente Polisario contando con el apoyo
de Argelia y otros países del Bloque Socialista, decretó la creación de una
supuesta “República Árabe Saharaui
Democrática”, que solo existe en los campamentos argelinos de Tinduf y
comenzó una guerra de guerrillas. En agosto de 1979, Mauritania al ver agotados
sus recursos por la continua guerra de guerrillas se retiró del Sáhara,
evacuando unilateralmente Dajla y Ued Eddahab. Ante la defección de Mauritania,
Marruecos recuperó con sus fuerzas el resto del territorio que históricamente
le correspondía.
Como
la guerra de guerrillas que el Frente Polisario llevaba a cabo en forma
intermitente, contando con el apoyo militar y santuarios seguros en Argelia,
era una continua molestia para Marruecos en el Sur, a partir de 1980 comenzó a
construir un muro defensivo. Este muro comprende la totalidad de la frontera
marroquí – argelina a lo largo de 2.200 kilómetros. La construcción del muro
puso fin a las incursiones del Polisario desde Argelia y ambas partes arribaron
a un alto el fuego el 6 de septiembre de 1991. Desde entonces el alto el fuego
es supervisado por la Misión de las Naciones Unidas. Esa es la situación
actual, en el Sáhara marroquí no hay ni Intifadas, ni ataques con cohetes ni
violaciones a los derechos humanos. Digámoslo una vez más el Sáhara no es Gaza.
SEGUNDA CUESTIÓN: ACERCA DEL PRINCIPIO
DE AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS
Este
principio del Derecho Internacional abreva en la compleja pero poderosa idea de
“Nación”, una idea que se consolidó
en la Europa del Romanticismo, en la última parte del siglo XIX, generalizándose
en las primeras décadas del siglo XX. En una época en que las potencias
triunfantes en la Primera Gran Guerra Imperialista (1914 – 1918) utilizaron
este concepto como argumento para desmembrar a los grandes imperios
multiétnicos que resultaron derrotados en la contienda: el Imperio Alemán, el
Imperio Austro-Húngaro, el Imperio Otomano y en menor medida el Imperio
Zarista.
Precisamente en 1918, el presidente de los Estados
Unidos, Woodrow Wilson propuso en su mensaje ante el Congreso americano catorce
puntos que debían guiar la construcción del futuro orden internacional a los
efectos de evitar nuevas grandes guerras entre las potencias industriales de la
época. En el punto quinto buscó una solución de compromiso al sostener que las
reivindicaciones coloniales debían solucionarse de acuerdo con un equilibrio
entre los intereses de las poblaciones afectadas y las demandas de las
potencias imperiales europeas.
El real objetivo, tanto del presidente Wilson, como de
los estadistas aliados reunidos en la Conferencia
de París, era fragmentar territorialmente al Imperio Alemán y al mismo
tiempo reducir su población, que era la más grande de Europa en ese momentos.
El propósito central era que en el futuro si Alemania buscaba una revancha por
su derrota –como finalmente ocurrió a partir de 1937- en la guerra, no pudiera
disponer de tantos potenciales soldados ni de abundantes materias primas
estratégicas para sostener su esfuerzo bélico. Como complemento de esta
maniobra geopolítica, los aliados pensaron en contener a Alemania rodeándola de
un “cordón sanitario” formado por un
conjunto de pequeños estados que al mismo tiempo serían aliados naturales de
Francia y el Reino Unido.
El instrumento jurídico empleado para justificar esta
mutilación territorial de los grandes imperios fue, tal como hemos dicho, fue
la apelación selectiva del “Principio de
Autodeterminación de los Pueblos”. Aplicando este principio, las potencias
aliadas decretaron la reconfiguración de las fronteras en la Europa del Este.
Así se forjó un conjunto de inestables Estados con pretensiones de ser
naciones: Checoslovaquia, Yugoeslavia, Polonia, Austria, Hungría, etc.; además
se realizaron importantes modificaciones en las fronteras de otros países:
Alemania, Rumania, Grecia, etc.
La creación de la Sociedad de las Naciones sirvió de
justificación también para reconfigurar el mapa colonial en el Tercer Mundo,
Alemania perdió sus colonias y surgió un complejo mapa mundial poblado de
“Mandatos” y “Protectorados” que eran meros eufemismos que encubrían una nueva
expansión colonialista.
En esta forma se fue sacralizando un supuesto principio
del Derecho Internacional, creado por el oportunismo político de las potencias
vencedoras en la Gran Guerra, y que a lo sumo tenía algún fundamento en Europa
donde el proceso de traspaso de las lealtades de los clanes a las tribus, de
estos a los feudos y de las regiones a los reinos y estados republicanos, se había
completado en el orden internacional postwestfaliano. Pero, tal principio
carece absolutamente de fundamento si se lo pretende aplicar a vastas regiones
de Asia y África donde existieron pocos ejemplos de reinos o estados nacionales
antes de la ocupación colonial europea.
En esas regiones, la intervención de las potencias
coloniales europeas interrumpieron el proceso de formación de las
nacionalidades en la etapa tribal. En algunas regiones de Asia y África los
Estados y sus fronteras actuales quedaron configurados a grandes rasgos según
las necesidades impuestas por el reparto colonial de 1890 y sus sucesivas
rectificaciones. Es así, como muchos de estos estados son multiétnicos o al
menos multitribales, por lo tanto albergan grandes conflictividades étnicas que
afectan a la gobernabilidad y que periódicamente se manifiestan en golpes de
Estado y sangrientas guerras tribales.
El principio de autodeterminación de los pueblos es una
norma claramente oportunista al punto tal que años más tarde terminó siendo
invocado por Adolfo Hitler para justificar sus reivindicaciones territoriales
sobre Checoslovaquia y Polonia. Hitler adujo que todos los territorios poblados
por alemanes étnicos -en esa época denominados “sudetes”-, sin importar donde habían nacido, debían estar
sometidos a la soberanía de Alemania y que este Estado tenía el derecho y la
obligación de intervenir en defensa de sus “minorías”
encerradas en otros países, cuando en esos países sus derechos o incluso su
vida se viera amenazada por la población o los gobiernos que las albergaban.
Podría decirse, sin temor a exagerar, que la aplicación
del “principio de autodeterminación de
los pueblos” fue uno de los elementos centrales que precipitaron el
comienzo de la Segunda Guerra Mundial.
Por último, cabe señalar que los mismos gobiernos que
invocan la aplicación del principio de autodeterminación de la población en
conflictos de soberanía derivados de la presencia del colonialismo europeo,
como ocurre en el Sáhara o en las Islas Malvinas, lo rechazan enfáticamente
cuando la población que lo invoca habita en Cataluña o en Escocia. Como siempre
la política internacional suele estar poblada de hipocresía y oportunismo.
La
vertiente interna del principio de autodeterminación de los pueblos
Por otra parte, cuando el Frente Polisario y sus
simpatizantes españoles invocan la aplicación del “principio de autodeterminación”, se cuidan muy bien de decir que
la mayoría de los expertos en derecho internacional reconocen la existencia de
una “vertiente interna” del mismo que
descarta la cuestión de la soberanía.
En su vertiente interna el derecho a la autodeterminación
contempla tan solo otorgar al pueblo que
lo invoca, la facultad de decidir sobre su organización política y a perseguir
su propio desarrollo cultural, social y económico. Esta interpretación se
relaciona, entre otros aspectos, con el derecho de todo grupo a preservar su
identidad; también con el derecho de todo ciudadano a participar, a todos los
niveles, en la dirección de los asuntos públicos, y por tanto con la
democracia. De aquí se deriva que un gobierno debe representar al conjunto de
la población, sin establecer distinciones por motivos de raza, credo, color de
piel o cualquier otro.
Precisamente, el gobierno de Marruecos ha tomado en
consideración esta interpretación del principio de autodeterminación en su
propuesta, de abril de 2007, denominada “Iniciativa
para la negociación de un Estatuto de Autonomía para la región del Sáhara”
que incluye la realización de elecciones libres para nombrar a los miembros de
un gobierno para la “Región Autónoma del
Sáhara”, con sus tres tramas independientes: poderes ejecutivo, legislativo
y judicial. La propuesta consiste en delegar a este nuevo gobierno la
administración de justicia y la instrucción pública con la promesa de otorgar
los fondos necesarios para su adecuado funcionamiento además de los recursos
impositivos que pudieran ser recaudados en la región.
Según este plan de autonomía, el gobierno de Marruecos
solo retendría en la “Región Autonomía
del Sáhara” el control de los asuntos relacionados con la defensa nacional,
las relaciones internacionales, los servicios postales, la moneda y las
prerrogativas religiosas del rey como “Comendador
de los Creyentes”.
Este proyecto de autonomía fue muy bien recibido en todo
el mundo porque se entendió que constituía un importante paso hacia la solución
del Conflicto del Sáhara. Pero las autoridades del Frente Polisario se
limitaron a rechazar la propuesta de Marruecos sin presentar un plan
alternativo para solucionar el conflicto. Por lo cual el estancamiento de las
negociaciones se mantuvo.
TERCERA
CUESTIÓN: ¿CONSTITUYEN LOS LLAMADOS “SAHARAUIS” UN PUEBLO?
El término del Derecho Internacional, en especial en lo
que hace al principio de autodeterminación, el término “pueblos” hace referencia tan sólo a poblaciones víctimas de una
dominación colonial y deriva de la Resolución de la Asamblea General de
Naciones Unidas Nº 1541 (XV), del 15 de diciembre de 1960, de la interpretación
del artículo 1º de los Pactos y del artículo 1.2. de la Carta de Naciones
Unidas en relación con los capítulo XI, XII y XVIII de ésta última.
Según la resolución Nº 1541 (XV), un grupo humano puede
considerarse “pueblo” en situación
colonial en función de dos criterios básicos: la separación geográfica entre la
colonia y la metrópoli y las diferencias étnicas y/o culturales. Estos dos
elementos existieron entre los marroquíes del Sáhara y España pero no entre los
marroquíes del Sáhara y sus compatriotas del Norte. El Sáhara es una
continuidad del territorio marroquí del cual no se encuentra separado por
ningún accidente geográfico.
En cuanto a las diferencias culturales, puede ser que
existan ciertas diferencias leves entre los habitantes del Norte y los del Sur.
Pero, acaso no hay diferencias entre un gallego, un castellano, un vasco y un
catalán y esto no implica que los gallegos, castellanos, vascos y catalanes sean
“pueblos” distintos o que haya que
dividir al Reino de España en cuatro o cinco microestados para otorgarle
soberanía a cada grupo cultural que tenga su propio dialecto y otras leves
diferencias culturales y que en función de ello reivindique la aplicación del “principio de autodeterminación de los
pueblos”.
Aún en Argentina, país donde no existen ni han existido
nunca grupos separatistas, si pueden detectarse marcadas diferencias étnicas y
culturales entre los habitantes de distintas regiones. Por ejemplo entre un
habitante de las provincias del Noroeste (Jujuy y Salta) que hable coloquialmente
el dialecto quechua o aymará y se vincule étnicamente con los pueblos
originarios andinos con respecto de otro argentino que viva en alguna de las
provincias del Litoral (especialmente Misiones o Corrientes), se vincule
étnicamente con los pueblos originarios amazónicos y se exprese coloquialmente
en la lengua guaraní. Incluso estos dos argentinos serán muy distintos étnica y
culturalmente de un porteño, es decir, de un habitante de la ciudad de Buenos
Aires cuyos abuelos sean españoles, italianos o una combinación de ambos que sólo
se exprese en idioma castellano (aunque matizado con términos del lunfardo
rioplatense) y lo ignore todo sobre las culturas originarias, sus dialectos,
música, etc.
Las mismas sutiles diferencias existen en todos los
países más o menos extensos y que han sufrido aportes humanos y culturales
provenientes de diferentes regiones y grupos humanos. En este sentido Marruecos
no es una excepción, como no lo son otros países africanos, pero la existencia
de esos elementos culturales diferentes no son suficientes para que pueda
hablarse de la existencia de “minorías”
o “pueblos” con derecho a la
autodeterminación.
Llegados a este punto, alguien invocará la interpretación
del concepto de “Nación” en un
sentido “espiritualista” siguiendo la
clásica argumentación del escritor francés Ernesto Renán, de 1882. En esta concepción
la existencia de una “Nación” estaría
determinada en base al deseo de un grupo humano de una pertenencia diferenciada.
En otras palabras, según tal interpretación los “saharauis” serían una Nación, con derecho a la autodeterminación y
a contar con un territorio propio, por el simple hecho de que así lo ha
decidido el Frente Polisario, sin importar lo que piense el resto del pueblo
marroquí al respecto.
La verdad es que este argumento no se sostiene por muchas
razones; a los efectos de no abundar más en un tema cuya falacia resulta
evidente, diremos tan sólo que habría que comenzar por preguntarse si estos
marroquíes tuvieron la libertad e independencia de criterio para decidir por sí
mismos escapar de su país o si fueron forzados a emigrar por un grupo armado
que los retiene ilegalmente dentro del territorio de Argelia. Luego habría que
preguntarse en qué medida podrían elegir con objetividad y libertad después de
haber sido sometidos a un fuerte adoctrinamiento y lavado de cerebro por los
miembros del Frente Polisario durante los últimos cuarenta años.
Además, siguiendo el “principio
de autodeterminación” los dirigentes del Frente Polisario luego pueden
reivindicar como propio todo el territorio habitado por la población que
consideren saharaui y que como sabemos, se trata de tribus trashumantes que
recorren tanto el Sur de Marruecos, como el actual territorio del Norte de
Mauritania además de regiones de Argelia y del propio Mali. ¿Qué harán entonces
Naciones Unidas y la Unión Africana, seguir invocando la aplicación del
principio de autodeterminación?
Cómo cualquier lector criterioso y objetivo comprenderá
inmediatamente que todo esto constituye un verdadero disparate. Estos
argumentos no se sostienen y son sólo escusas para mantener vigente un
conflicto que nunca debió haber existido. Los saharauis son marroquíes, el Sáhara
es una parte constitutiva de Marruecos y el Frente Polisario, es tan solo un
resabio de la Guerra Fría que solo perdura porque le es útil tanto a España
como a Argelia para su diplomacia de tensiones en el Magreb. Los dirigentes del
Frente Polisario se niegan a aceptar cualquier iniciativa realista que implique
la pérdida de sus privilegios como funcionarios de un falso Estado que
usufructúa millones de euros en ayuda humanitaria apelando al falaz argumento
de la minoría oprimida.
Por último, habría que preguntarse porque debería
Marruecos resignarse a perder una parte sustancial de su territorio y de su
población en manos de un grupo reducido de sus habitantes que se sienten con
derecho a reclamar la independencia, mientras que millones de otros marroquíes
consideran suyo ese mismo territorio, se sienten orgullosos de ser marroquíes y
están conformes y a gusto con su rey.
CONCLUSIONES
Como hemos expuesto no existe ningún parecido entre la
situación de Gaza y la del Sáhara. Marruecos no es una potencia ocupante sino
el legítimo propietario histórico del Sáhara. Los saharauis no constituyen ni
un pueblo, ni una minoría oprimida, son marroquíes retenidos ilegítimamente en
territorio de Argelia por los miembros de una milicia armada y financiada por
Argelia.
Crear un estado independiente en el Sáhara y ponerlo en
manos del Frente Polisario solo podría llevarse a cabo apelando a la fuerza
militar e implicaría crear un estado títere o un protectorado encubierto de
Argelia en ese territorio.
[i]
ALEJANDRO VI (1431 - 1503: fue un papa español, nacido como Roderic de Borja
(Borgia en italiano) que ejerció el papado entre 1492 y 1503, sucediendo a su
tío Calixto III. La Iglesia Católica guarda un triste recuerdo de este papa.
[ii]
LÓPEZ VILLACAÑA, Román: “El problema del Sáhara Occidental. Una perspectiva
geopolítica”. Puebla 2013.
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